SUICHE 7B: Comprometidos con la Prevención y Control de LC/FT/FPADM

 

¿Qué es la Legitimación de Capitales?

Es el proceso de esconder o dar apariencia de legalidad a capitales, bienes, haberes provenientes de actividades ilícitas (Artículo 5, literal O) de la Resolución 083.18 del 01/11/2018 de la SUDEBAN.

 

¿Qué es el Financiamiento al Terrorismo?

Quien proporcione, facilite, resguarde, administre, colecte o recabe fondos por cualquier medio, directa o indirectamente, con el propósito de que éstos sean utilizados en su totalidad o en parte por un terrorista individual o por una organización terrorista, o para cometer uno o varios actos terroristas, aunque los fondos no hayan sido efectivamente utilizados o no se haya consumado el acto o los actos terroristas. (Artículo 5, literal J) de la Resolución 083.18 del 01/11/2018 de la SUDEBAN.

 

¿Qué es el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva?

Es el acto de proporcionar  fondos  o  servicios  financieros  que  se  utilizan,  en  todo  o  en  parte,  para  la fabricación, adquisición, posesión, desarrollo, exportación, transbordo, corretaje, transporte, transferencia,  almacenamiento  o  uso  de  armas  nucleares,  químicas  o  biológicas  y  sus vectores  y  materiales  relacionados  (incluidas  ambas  tecnologías  y  bienes  de  doble  uso utilizados para  fines no  legítimos), en contravención  de las  leyes nacionales  y/o acuerdos internacionales aplicables. (Artículo 5, literal K) de la Resolución 083.18 del 01/11/2018 de la SUDEBAN.

Marco Legal y Regulatorio en Venezuela 

  • Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (LOCDOFT), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.912 de fecha 30 de abril de 2012.
  • Ley Orgánica de Drogas, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.546 de fecha 05 de noviembre de 2010.
  • Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.557 de fecha 08 de diciembre de 2014.
  • Resolución Nº 083.18 publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.566 de fecha 17 de enero de 2019, la cual establece las “Normas relativas a la Administración y Fiscalización de los Riesgos Relacionados con los Delitos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva aplicables a las Instituciones reguladas por la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras”.
  • Normativas Prudenciales de la SUDEBAN, UNIF y/o en conjunto.

 

Esfuerzo común

Para la CORPORACIÓN SUICHE 7B C.A., como parte integrante del sistema bancario y como prestadora de servicios de interconexión bancaria financiera, intercambio de transacciones electrónicas y soluciones digitales a empresas relacionadas con la actividad financiera, es un compromiso la Prevención y Control de LC/FT/FPADM, por ello se están implementado políticas de:

  • Conozca a su Cliente.
  • Conozca a su Proveedor.
  • Conozca a su Empleado.
Recuerda que es compromiso de todos.